El día 16.04.2024, se publicó en el Boletín Oficial (B.O.) la Resolución N° 223/2024 (“la Resolución”) del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), por la cual se aprobó el “Programa para la revisión tarifaria del transporte de energía eléctrica en el año 2024” (el Programa).
Cabe recordar que el Decreto Nº 55/2023, declaró la emergencia del Sector Energético Nacional, y determinó el inicio de la revisión tarifaria (conf. art. 43 de la Ley Nº 24.065) correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de distribución y transporte de energía eléctrica bajo jurisdicción federal. Asimismo, se estableció que la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes, no podrá exceder del 31.12.2024.
A tal fin, el ENRE consideró necesario aprobar el Programa para fijar los criterios y metodología a aplicar para el proceso de revisión tarifaria. Dicho Programa, que como Anexo forma parte integrante de la Resolución, establece las especificaciones técnicas, los términos de referencia y el plan de trabajo para la revisión tarifaria de las empresas Transportistas.
Entre las cuestiones más relevantes del Programa se establece lo siguiente:
- Los cuadros tarifarios a aprobarse deberán obedecer a los principios establecidos en el Capítulo X de la Ley N° 24.065 y las tarifas deben cumplir con los objetivos de sostenibilidad y eficiencia productiva.
- Las empresas Transportistas deberán proponer un régimen de sanciones y premios acordes con los objetivos y lineamientos dispuestos por el ENRE.
- El procedimiento para el control del Plan de Inversiones aprobado en la revisión tarifaria será determinado por el ENRE teniendo en cuenta el actual procedimiento de control previsto en la Res. ENRE N° 342/2018. Las Transportistas podrán proponer modificaciones para mejorar el control físico del plan de inversiones.
- La determinación de la base de capital será realizada utilizando la metodología de valuación a costo histórico. A tal fin se considerará como base de capital inicial a la establecida en la última revisión tarifaria, se adicionarán las inversiones realizadas con posterioridad, y se descontarán las bajas de bienes de uso, depreciaciones y amortizaciones del período.
- La tasa de rentabilidad de las empresas Transportistas será calculada según la metodología WACC (Weighted Average Cost of Capital) utilizada en la última revisión tarifaria y que define el valor de la tasa de rentabilidad como el promedio ponderado entre el capital aportado por los accionistas (capital propio) y el capital de terceros (deudas con entidades financieras y bonos corporativos).
- El mecanismo de actualización de la remuneración y su periodicidad serán determinados por el ENRE siguiendo la metodología aplicada en la última revisión tarifaria. Asimismo, las Transportistas podrán proponer la incorporación de indicadores públicos y transparentes que reflejen los costos del servicio a la fórmula de actualización.
- Se indican los plazos máximos para el cumplimiento de cada tarea del plan de trabajo en días calendario corridos, contados a partir del día de notificación del Programa por parte del ENRE a las Empresas Transportistas. Las audiencias públicas para la aprobación de los cuadros tarifarios deberán realizarse dentro de los 214 días (15.11.2024) y las Resoluciones del ENRE estableciendo la remuneración de las Transportistas para el próximo quinquenio deberán ser emitidas dentro de los 260 días de emitida la Resolución en análisis (31.12.2024).