NovedadesConvocatoria Abierta Nacional e Internacional en el marco de la Resolución SE N° 36/2023 (Convocatoria RenMDI)

12 febrero, 2023
  1. REFERENCIAS GENERALES.

El 02.02.2023 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución de la Secretaría de Energía Nº 36/2023 (en adelante, Resolución 36) que pone en marcha la convocatoria a los interesados a presentar ofertas en el marco de la Convocatoria de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), quien actuará en representación de los Distribuidores y Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) hasta su reasignación en cabeza de los Agentes Distribuidores y/o grandes usuarios del MEM.

La presente Convocatoria sigue los lineamientos generales del Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica, sancionado por la Ley Nº 26.190 y modificado y ampliado por la Ley Nº 27.191. El objetivo principal del mencionado régimen es el incremento de la participación de las fuentes renovables de energía en el consumo de energía eléctrica nacional hasta alcanzar un 20% al 31 de diciembre del año 2025.

Para alcanzar la meta mencionada en el párrafo anterior, el Régimen se orienta a estimular las inversiones en generación de energía eléctrica, a partir del uso de fuentes de energía renovables en todo el territorio nacional, sean estas nuevas plantas de generación o ampliaciones y/o repotenciaciones de plantes de generación existentes, realizadas sobre equipos nuevos o usados.

Conforme los considerados de la Resolución 36, mediante la Resolución N° 330 del 6 de mayo de 2022 de la Secretaría de Energía se instrumentó una Convocatoria abierta para recibir Manifestaciones de Interés (MDI) de proyectos de infraestructura que contribuyan a incorporar Generación Renovable y/o instalaciones de almacenamiento de energía en puntos de la red de Transporte por Distribución Troncal y/o de Distribución con cuyo aporte se incremente la participación de la generación renovable en el abastecimiento de la demanda del SISTEMA ARGENTINA DE INTERCONEXIÓN (SADI) y se disminuya y/o eliminen restricciones de abastecimiento y/o se reduzca el requerimiento de generación forzada y/o difieran las necesidades de obras de transporte, contribuyendo, entre otras cosas, a la reducción de los costos del MEM y al aumento de la confiabilidad en el SADI.

Esta convocatoria realizada en el marco de la Resolución 330 despertó un gran interés y se efectuaron una multiplicidad de presentaciones con distintos tipos de proyectos a lo largo del país de distintas tecnologías y escalas, recibiendo 491 proyectos por un total 14.400 MW, lo que evidenció el compromiso y participación de actores tanto públicos como privados.

 

  • FORMA DE LA CONVOCATORIA: RENGLONES

Que teniendo en consideración los objetivos buscados y la directiva de la Ley N° 27.191, que en su Artículo 12 dispone que debe diversificarse la matriz de energías renovables a fin de viabilizar el desarrollo de distintas tecnologías, tendiendo a la diversificación geográfica de los emprendimientos y al aprovechamiento del potencial del país en la materia, la Convocatoria se efectúa en dos renglones denominados “Generación Renovable para sustituir Generación Forzada” (Renglón 1) y “Generación Renovable para Diversificar la Matriz” (Renglón 2), por una Potencia Requerida total 620 MW.

El Renglón 1 es de carácter regional y provincial para proyectos en nodos de la red que permitan la sustitución de generación forzada, por una Potencia Requerida Máxima de 500 MW, con cupos técnicos por nodos y corredores de transporte y por provincia y con cupo objetivo total, para las tecnologías de biomasa, solar fotovoltaica con y sin almacenamiento y eólica con almacenamiento.

El Renglón 2 es de carácter federal, para proyectos que permitan incorporar generación renovable de pequeña escala, por una Potencia Requerida Máxima de 120 MW, con cupos por tecnologías y totales, para las tecnologías de biomasa que no hayan sido adjudicadas en el Renglón 1, de biogás, biogás de relleno sanitario y de pequeños aprovechamientos hidroeléctricos.

 

  • CONTRATO DE ABASTECIMIENTO

Los Contratos de Abastecimiento a celebrarse serán a 15 años a partir de la Fecha de Habilitación Comercial al Precio Ofertado Adjudicado en dólares estadounidenses por megavatio/hora y se remunerará la estacionalidad para incentivar generación en períodos de mayor exigencia para el sistema.

Los Contratos que se suscriban no se encontrarán alcanzadas por las Garantías que otorga el FODER a los beneficiarios de las Rondas 1, 1.5, 2 y 3 del Programa RenovAr y a los proyectos que se incorporaron en el marco de la Resolución N° 202/2016 del ex Ministerio de Energía y Minería.

 

  • PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC)

El artículo 2 de la Resolución 36 aprueba el Pliego de Bases y Condiciones y los Anexos de la Convocatoria Abierta Nacional e Internacional “RenMDI”. Estos son algunos de los puntos destacados del mismo:

Provisión de energía: se realizará a través de Centrales de Generación nuevas, a exclusivo criterio de CAMMESA. No se encuentra permitido las presentaciones de Ofertas que impliquen ampliaciones de centrales comprometidas en contratos celebrados bajo el Programa RenovAr Rondas 1, 1.5, 2 y 3.

No afectación: la Potencia Instalada no podrá estar afectada a ningún otro contrato o modalidad de comercialización excepto aquella energía eléctrica generada por la Central de Generación en exceso de la Potencia Contratada la que podrá ser comercializada en el mercado Spot valorizada al precio establecido en la Resolución N° 238 de fecha 18 de abril de 2022 de la Secretaría de Energía o la que la reemplace en el futuro.

Potencia total: la Potencia Requerida total a adjudicar en la presente Convocatoria es de 620 MW la cual se distribuirá por Renglón, Tecnología, Región y provincia.

Fecha de habilitación comercial: la Central de Generación deberá obtener la Habilitación Comercial en un plazo máximo de 1095 días corridos (Renglón 1) y de 1460 días corridos (Renglón 2), contados desde la fecha de firma del Contrato de Abastecimiento, más una Prórroga Máxima de 365 días corridos.

Prioridad de despacho:Las centrales de generación adjudicadas en la Convocatoria RenMDI no poseerán prioridad de despacho frente a otras centrales de Generación, Autogeneración o Cogeneración renovable que operen en el MEM en caso de congestión del SADI, salvo en casos de excepción que el PBC prevé.

Requisitos: El PBC podrá obtenerse en forma gratuita en el sitio web de CAMMESA. Los interesados deberán constituir domicilio en CABA y deberán inscribirse completando el formulario específico provisto y publicado en el sitio web de CAMMESA. Los interesados, una vez inscriptos, serán válidamente notificados de las Circulares Aclaratorias y de cualquier otra comunicación o notificación que realice CAMMESA en el marco de la presente Convocatoria en el correo electrónico informado en el formulario mencionado.

 

  • FECHAS IMPORTANTES

 El Pliego de Bases y Condiciones establece las siguientes fechas a considerar:

  1. Período de consultas: hasta el 24 de febrero de 2023
  1. Respuesta de CAMMESA a las consultas: antes del 1 de marzo de 2023.
  1. Presentación de ofertas: el 15 de marzo de 2023.
  1. Adjudicación: 24 de mayo de 2023.
  1. Firma de los PPA: 20 de septiembre de 2023.

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