El 27 de marzo de 2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 78/2026[1], mediante la cual la Secretaría de Energía consolidó con carácter permanente el régimen de presentación mensual de contratos en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), eliminando su carácter transitorio.
Hasta noviembre de 2025, los contratos debían presentarse con una anticipación de cuarenta y cinco (45) días previo al inicio del período trimestral. La Resolución N° 400/25 (octubre de 2025) introdujo, con carácter excepcional, un esquema de presentación mensual con anticipación mínima de cinco (5) días, con vigencia hasta el 30 de abril de 2026. A partir de la solicitud de AGEERA (6 de marzo de 2026) y de la evaluación técnica de CAMMESA, que confirmó la operatividad y conveniencia del régimen, la Resolución N° 78/2026 lo consolida como modalidad permanente, vigente desde el 1 de abril de 2026.
Principales Aspectos:
- Se elimina el carácter excepcional del artículo 9° de la Resolución N° 400/25, estableciendo la presentación mensual de contratos como modalidad permanente.
- Los contratos deberán presentarse ante CAMMESA(OED) con una anticipación no menor a cinco (5) días corridos previos al inicio de su vigencia para su validación y registración.
- La medida apunta a consolidar mayor dinamismo en el MATE y MATP, facilitando la adecuación de los agentes a condiciones reales de abastecimiento.
- Vigencia: 1 de abril de 2026 (aplicable a contratos presentados bajo modalidad mensual desde dicha fecha).
Con esta medida se espera un incremento de la liquidez del mercado, una reducción de fricciones regulatorias, mayor dinamismo en la formación de precios y un refuerzo de la competencia entre oferentes. Para los clientes energéticos, abre la posibilidad de una renegociación continua de sus posiciones contractuales, con menor exposición a la volatilidad de períodos prolongados.
[1] https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/340005/20260327
