NovedadesMayor flexibilidad en la regulación de los aportes irrevocables. La RG IGJ 15/2024

20 diciembre, 2024

La Inspección General de Justicia (en adelante IGJ), mediante la Resolución General N° 15/2024, vigente desde el 1 de noviembre de 2024, ha establecido un nuevo marco normativo que reemplaza a la Resolución General N° 7/2015 y sus modificaciones.

Este cambio ha introducido significativas reformas en el ámbito societario, otorgando un especial protagonismo a los aportes irrevocables a cuenta de futuros aumentos de capital. En virtud de las modificaciones introducidas por la Resolución General IGJ 15/2024, resulta oportuno examinar las modificaciones que se han introducido. En ese sentido, la normativa actual –art. 94 RG IGJ 15/2024– incorpora mayor flexibilidad y nuevas disposiciones en torno a los aportes irrevocables:

Plazo para la capitalización: Las partes pueden determinar contractualmente un plazo específico para capitalizar los aportes, ajustándose a sus necesidades.

Opciones frente al incumplimiento del plazo: Ante la falta de capitalización dentro del término convenido, el aportante cuenta con dos opciones: exigir la restitución del aporte o impulsar su capitalización.

Particularidades para las SAU: Las Sociedades Anónimas Unipersonales (SAU) disponen de un régimen que les permite realizar aportes sucesivos sin necesidad de aumentar el capital de manera inmediata.

Capitalización consolidada: Se habilita la inscripción acumulativa de varios aportes en un solo acto, optimizando tiempos y costos operativos.

En cierto punto la IGJ 15/2024 mantiene las disposiciones del régimen anterior, pero aporta mayor flexibilidad a la figura del aporte irrevocable al suprimir el plazo máximo para su capitalización.

De igual manera incorpora un enfoque más flexible, adaptado a las necesidades actuales de las sociedades, al permitir que las partes acuerden plazos específicos para capitalizar los aportes. En caso de incumplimiento de estos términos, se establece la posibilidad de optar entre la restitución del aporte o su capitalización.

En el caso de las Sociedades Anónimas Unipersonales, el régimen facilita la realización de aportes sucesivos sin necesidad de incrementar el capital de manera inmediata, favoreciendo así la gestión financiera. Asimismo, se habilita la consolidación de varios aportes en un solo acto de inscripción, lo que reduce costos y simplifica los procedimientos.

Además, la RG IGJ 15/2024 aborda otros aspectos importantes, como la flexibilización de los requisitos para la inscripción de sociedades extranjeras, el reconocimiento de activos digitales como medio válido para la realización de aportes y la eliminación de formalidades innecesarias, como la publicación de edictos para la inscripción de cesiones de cuotas sociales en SRL. También amplía los plazos para que las sociedades sin actividad puedan proceder a su disolución, brindando mayor previsibilidad en los procesos de cancelación registral.

En conclusión, este nuevo marco simplifica el régimen de los aportes irrevocables como una herramienta clave para el financiamiento ágil de las sociedades, permitiendo mecanismos sencillos de acceso al capital y optimizando tiempos y recursos.

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