El proyecto de ley de presupuesto para el 2023 obtuvo sanción de la Cámara de Diputados el pasado 25/10/2022. Entre sus disposiciones, encontramos un interesante artículo que trata sobre las deudas que las empresas concesionarias de distribución de energía eléctrica mantienen con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA).
El texto sancionadoen su artículo 89 prevé el control, por parte de los titulares del servicio público dedistribución de energía eléctrica (Poder Ejecutivo Nacional -PEN-, provincias y municipios, cada uno dentro de su respectiva jurisdicción), del estricto cumplimientodel pago de las transacciones por consumos de energía, potencia y sus conceptos asociados, por parte de los prestadores del servicio público de distribución.
Cabe destacar que el proyecto presentado por el PEN, contemplaba la responsabilidad solidaria de las jurisdicciones provinciales por los incumplimientos de las empresas distribuidoras. Así, facultaba a la Jefatura de Gabinete de Ministros a retener de los fondos comprometidos en los convenios de transferencias presupuestarias suscriptos entre cada jurisdicción provincial y cualquier entidad del Sector Público Nacional, la suma que por consumos de energía y potencia adeudara a CAMMESA el prestador del servicio público de distribución de energía eléctrica a su cargo.
Sin embargo, dicha disposición no fue aprobada en la Cámara de Diputados, limitándose la referida responsabilidad solidaria a una función de control de los respectivos titulares del servicio público.
Otros de los puntos que surgieron del debate parlamentario -y que no estaban contemplados en el proyecto original- son los relativos a (i) la implementación por parte de la Secretaría de Energía de un plan de regularización de deudas de las distribuidoras, de hasta noventa y seis (96) cuotas mensuales; (ii) la publicación por parte del Estado nacional y las jurisdicciones provinciales, en un periodo no mayor a noventa (90) días, de los cuadros tarifarios que permitan a los distribuidores cumplir con sus obligaciones con CAMMESA; (iii) la realización, en un plazo no mayor a noventa (90) días, de las revisiones tarifarias integrales correspondientes a las empresas distribuidoras eléctricas del Área Metropolitana de Buenos Aires; (iv) el establecimiento por parte de la Secretaría de Energía de mecanismos especiales de reconocimiento de créditos para las distribuidorasque, al 30/09/2022 no tengan deuda con CAMMESA y/o con el mercado eléctrico mayorista.
El proyecto sancionado fue girado al Senado de la Nación, donde deberá comenzar su tratamiento en la Comisión de Presupuesto y Hacienda, para luego ser tratado en el recinto para su aprobación definitiva -probablemente en el transcurso del presente mes-. Restará, entonces, esperar la definición que los senadores puedan tener sobre estas disposiciones.