NovedadesResolución General 5779/2025 – ARCA. Modificación al Régimen Informativo de Operaciones Financieras

13 noviembre, 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) emitió la Resolución General 5779/2025, que introduce modificaciones al régimen de información de operaciones financieras establecido por la Resolución General 4.298 y sus complementarias.

El cambio principal es la incorporación de nuevos sujetos obligados y la precisión del método de cálculo de los umbrales a partir de los cuales debe presentarse la información. Además, se actualizan denominaciones institucionales y se adecúan las referencias normativas a la nueva estructura de ARCA.

¿A quiénes alcanza?

A partir de esta modificación, deberán actuar como agentes de información:

  • Entidades financieras (Ley 21.526).
  • Agentes de liquidación y compensación registrados en la CNV.
  • Sociedades depositarias de fondos comunes de inversión.
  • Agentes de colocación y distribución integral de fondos comunes de inversión (ACDI FCI) —nuevos sujetos incorporados—.
  • Caja de Valores S.A.
  • Bolsas y Mercados Argentinos S.A.
  • Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión.

¿Qué operaciones deben informarse?

Los agentes alcanzados deberán reportar mensualmente las siguientes operaciones:
• Compras y ventas de títulos valores públicos o privados, y suscripciones o rescates de cuotapartes de fondos comunes de inversión.
• Operaciones de pase y/o caución.
• Movimientos de fondos entre agentes y comitentes o cuotapartistas, incluidos los saldos en moneda al último día hábil del mes informado.

Cuando intervenga un agente de colocación y distribución integral, la obligación de informar recae exclusivamente sobre este, liberando a la sociedad depositaria.

Montos mínimos y forma de cálculo

La obligación de informar se activa cuando el monto neto mensual de operaciones por titular sea igual o superior a:

  • $100.000.000 para personas humanas.
  • $30.000.000 para personas jurídicas.

Para calcular esos umbrales se debe sumar, por cada titular, el monto neto total mensual de:

  1. Todas las compras, ventas, suscripciones y rescates.
  2. Las operaciones de pase y caución (tanto tomadoras como colocadoras).
  3. Los ingresos, rendimientos y egresos de fondos.

Si la sumatoria total supera los umbrales, debe informarse la totalidad de las operaciones del mes.
Se aclara que los “montos netos” son los resultantes de deducir comisiones, aranceles y gastos directamente vinculados a la operación.

Vigencia y aplicación

La resolución entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial (27 de octubre de 2025) y será aplicable a la información correspondiente al período diciembre 2025 y siguientes.

Para los nuevos agentes (ACDI FCI) y la obligación de informar saldos en moneda, la aplicación rige a partir del período enero 2026.

Un ajuste para mejorar la trazabilidad y precisión

Según los considerandos de la norma, las modificaciones buscan optimizar la calidad e integridad de la información financiera remitida a ARCA y brindar mayor certeza sobre la aplicación de los umbrales.

También actualiza la terminología institucional, reemplazando toda referencia a la AFIP por ARCA, y a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires por Bolsas y Mercados Argentinos S.A.

La Resolución General 5779/2025 fue firmada por el Director Ejecutivo de ARCA, Juan Alberto Pazo, y se enmarca en las acciones del organismo orientadas a reforzar la transparencia y simplificar el cumplimiento informativo de los intermediarios del mercado financiero.

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