En el día 15.11.2024 fue publicado en el Boletín Oficial la Disposición N° 84/2024 emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC). Esta norma tiene como propósito ampliar el acceso al sistema electrónico CONTRAT.AR, permitiendo que más usuarios, incluidos concesionarios de obras e infraestructura pública y servicios públicos según la Ley N° 17.520, puedan participar en los procedimientos de contratación del Sector Público Nacional.
Esta modificación resultaba esencial a la luz de las modificaciones que la Ley de Bases introdujo a la Ley N° 17.520
El sistema CONTRAT.AR fue aprobado mediante el Decreto N° 1336/2016 como una herramienta para gestionar electrónicamente los contratos en el ámbito público. Posteriormente, la Resolución N° 197/2017 del ex Ministerio de Modernización complementó esta implementación al establecer las políticas, términos y condiciones de uso del sistema, incluyendo procedimientos específicos para el registro y autenticación de usuarios, tanto de constructores como de la Administración, junto a una matriz que define los perfiles de acceso.
En un primer momento, el sistema limitaba el acceso como usuarios externos exclusivamente a los constructores de obras públicas contemplados en la Ley N° 13.064, ya que uno de los requisitos esenciales del trámite de inscripción era contar con la constancia de inscripción ante el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública. Esto generaba restricciones para otros actores clave, como los concesionarios bajo el régimen de la Ley N° 17.520.
Sin embargo, la Resolución N° 35/2024, emitida por la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva, amplió el alcance del CONTRAT.AR para incluir a todos los interesados en participar en los procesos de contratación pública regidos por esta ley.
En ese sentido, la Disposición N° 84 acompaña este proceso y establece formalmente los procedimientos específicos para la inscripción y validación de nuevos usuarios externos.
El Anexo I distingue entre las etapas de trámite de la siguiente manera:
- Preinscripción. Los interesados deberán registrarse en la categoría “Cocontratantes del Estado”, subcategoría “Concesionario Ley N° 17.520”. Esto implica completar los formularios correspondientes según el tipo de personería, declarar las actividades de obra e infraestructura pública respecto de las cuales se solicita la inscripción, y constituir un domicilio electrónico.
- Inscripción. Completada la preinscripción, los interesados deberán presentar la documentación respaldatoria mediante la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) y acreditar la información previamente ingresada. Respecto a esta documentación respaldatoria, se debe acompañar la que se encuentra listada en el Anexo I y las declaraciones juradas cuyos modelos han sido aprobados por la Disposición (Declaración Jurada de Habilidad para Contratar con la APN, Declaración Jurada de Elegibilidad, Declaración Jurada de Beneficiarios Finales y Declaración Jurada de Actividades de Obra e Infraestructura Pública).
- Verificación. La Oficina Nacional de Contrataciones verificará la información y la documentación aportada. Si es correcta, valida e inscribe al interesado. Caso contrario, se le otorgará un plazo de 10 días corridos para subsanar las observaciones; si no lo hace, se archiva el expediente y el interesado debe iniciar el trámite nuevamente.
- Actualización de datos. Los inscriptos deben mantener actualizada su información. Los cambios menores (domicilio, teléfono, etc.) pueden hacerse directamente en el sistema. Para actualizaciones que requieran respaldo documental, se deben cargar los nuevos documentos en TAD y seguir un proceso similar al de inscripción inicial.