NovedadesAprobación de los cuadros tarifarios de las distribuidoras de energía eléctrica y de las transportistas y distribuidoras de gas natural

30 abril, 2025

El 30.04.2025 se publicaron en el Boletín Oficial las Resoluciones N° 303/2025 y N°304/2025, mediante las cuales el ENRE aprobó los cuadros tarifarios de EDESUR y EDENOR, resultantes de la Revisión Tarifaria Quinquenal (“RQT”), contemplando un incremento inicial del 3% del Costo Propio de Distribución (“CPD”) a partir de mayo, con sucesivos ajustes mensuales del 0,36% y 0,42% respectivamente.

Asimismo, se publicaron en el Boletín Oficial las Resoluciones Nº 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265, 266, y 267, mediante las cuales el ENARGAS aprobó los cuadros tarifarios de las licenciatarias de transporte y distribución de gas natural para el próximo período tarifario.

Las medidas más relevantes dispuestas en las Res. ENRE N° 303 y 304 son las siguientes:

  • Aprobar los valores por categoría/subcategoría del CPD de las distribuidoras EDENOR y EDESUR.
  • Aprobar un incremento del 3% del CPD, con respecto a los vigentes a abril 2025, que deberá aplicarse a partir de las 00:00 hs del 01.05 2025.
  • Aprobar un incremento mensual del 0,36% de los valores del CPD para EDESUR y un incremento del 0,46% de los valores del CDP para EDENOR, para el período junio 2025 – noviembre 2027.
  • Aprobar el mecanismo de actualización mensual del CPD, mediante una polinómica que considera el Índice de Precios al Consumidor (IPC), nivel general, y el Índice de Precios Mayorista (IPIM), nivel general, ambos publicados por el INDEC.
  • Aprobar el Factor de Estímulo de la Eficiencia (Factor E), compuesto de dos factores: el Factor X que considera las ganancias por economías de densidad (productividad), sin inversiones, y el Factor Q que tiene en cuenta el impacto dado por el plan de inversiones que la empresa propone llevar adelante en el quinquenio.
  • Establecer que dentro del término de 5 días corridos de notificada la resolución, las Distribuidoras deberán publicar los cuadros tarifarios vigentes al 1 de mayo de 2025 en por lo menos 2 diarios de mayor circulación de su área de concesión.

Por otra parte, el ENARGAS aprobó los cuadros tarifarios de las transportistas y distribuidoras de gas natural. Respecto de las distribuidoras se contemplo un incremento del primer mes del 3% respecto de los cuadros tarifarios vigentes, y el incremento remanente se completará en 30 cuotas mensuales y consecutivas. Además, se autorizó un plan de inversiones obligatorias para el período 2025–2030, que será controlado por dicho ente.

Las principales medidas adoptadas por el ENARGAS con relación a transportistas y distribuidores[1] son las siguientes:

  • Aprobar la Revisión Quinquenal de Tarifas de las transportistas y distribuidoras de Gas Natural.
  • Aprobar la Segmentación de los Usuarios Residenciales.
  • Diferir la aprobación de la metodología de actualización periódica, a resultas de la intervención de la Secretaría de Energía.
  • Aprobar los planes de inversión obligatorios para el quinquenio 2025-2030.
  • Instruir a las Gerencias de Distribución, Control Económico Regulatorio y Asuntos Legales del ENARGAS a elaborar un procedimiento de control de inversiones a ser elevado a su Interventor dentro de los 15 días hábiles de la emisión de las resoluciones bajo análisis.

 

 

[1] TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A., TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A, METROGAS S.A, DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A, LITORAL GAS S.A, DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A, GAS NEA S.A, CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A, NATURGY BAN S.A, NATURGY NOA S.A, CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. REDENGAS S.A, COMPAÑÍA ENTRERRIANA DE GAS S.A.

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